martes, 2 de diciembre de 2014
martes, 25 de noviembre de 2014
Reforma fiscal: las nuevas retenciones
Las retenciones para los próximos años se van a ver rebajadas en la mayoría de los casos, parte estipuladas en los Anteproyectos de Ley aprobados por el Consejo de Ministros el pasado mes de junio y otras porque obtuvieron algunas subidas.
Actividades profesionales. En 2014 se está realizando una retención del 21%. El anteproyecto de ley pretende bajar las retenciones al 20% para el 2015 y al 19% en 2016. Podrá deducirse la cantidad que debió ser retenida e ingresada a la A.E.A.T. por el contribuyente, cuando lo hubiera sido por un importe inferior por causa imputable exclusivamente al retenedor.
jueves, 20 de noviembre de 2014
Construcción: reparación de viviendas a tipo reducido
Cuando trabajamos para particulares, unos de los grandes problemas es que el IVA que soportan no es deducible por lo que aumentamos el coste del trabajo a nuestro cliente sin repercutir en un beneficio para nosotros. Es por lo que ahorrar el 11% de IVA a un cliente puede ser vital para que acepte o no nuestro presupuesto.
Normalmente cuando un cliente a
título particular nos encarga un trabajo es cierto que en muchas de las
ocasiones hay que repercutir un IVA normal al 21 %. Pero existen algunos casos
donde el IVA a aplicar es reducido,
aplicando así un IVA al 10%. Esto va a suponer un ahorro para nuestro cliente
de once puntos.
Requisitos materiales. Tienen que ser ejecuciones de obra de
renovación y reparación realizadas en edificios o partes de los mismos
destinados a viviendas. También tiene que haber pasado al menos dos años del
fin de obra o de la rehabilitación de la vivienda. El coste en materiales de la
obra no puede ser superior al 40% del total.
miércoles, 9 de julio de 2014
Cooperativas de Trabajo Asociado
Una cooperativa de trabajo asociado está formada por personas que se asocian en régimen de libre adhesión y baja voluntaria, para la realización de actividades empresariales, encaminadas a satisfacer sus necesidades económicas, sociales y con una estructura y funcionamiento democrática.
La diferencia fundamental con el resto de cooperativas es que deben de existir al menos tres socios trabajadores y nunca menos de ese número ya que si fuese menor durante un plazo continuado de un año la cooperativa deberá ser disuelta.
Para adquirir la condición de socio-trabajador se debe suscribir la aportación obligatoria al capital social que corresponda, desembolsándose por lo menos el 25% en el momento de la suscripción y el resto según establezcan los Estatutos o por la Asamblea General y pagar la cuota de ingreso.
Otra de las diferencias respecto de otro tipo de cooperativas es que el número horas/año realizada por trabajadores por cuenta ajena no puede ser superior al 30% del total de horas/año realizada por los socios-trabajadores.
viernes, 30 de mayo de 2014
La remuneración de los administradores
Durante mucho tiempo ha surgido diferentes criterios e
interpretaciones respecto de la retribución recibida por un administrador de
una sociedad por el mero hecho de ostentar ese cargo y realizar las funciones
que el ordenamiento jurídico legitima dependiendo del tipo de sociedad
(limitadas, anónimas, cooperativas, sociedades civiles…) y la compatibilidad de
ser contratado laboralmente obteniendo
retribuciones como trabajador asalariado de la misma.
jueves, 8 de mayo de 2014
Diferencias entre las cooperativas y las sociedades de responsabilidad limitada. (Parte I)
Las sociedades cooperativas son
empresas organizadas y gestionadas de forma democrática. Las cooperativas
tienen tres finalidades frente a sus socios que son las de que
presten su trabajo, satisfagan su consumo o que presten servicios para
añadir valor a su actividad empresarial. Tiene que respetar los principios cooperativos redactados por la Alianza Cooperativa Internacional (ICA)
donde se informan del funcionamiento de las mismas.
Los principios cooperativos
La ley de cooperativas estatal establece que la cooperativa se estructura y
funciona conforme a los principios formulados por la alianza cooperativa internacional.
Estos principios fueron formulados por la Alianza Cooperativa Internacional.
Legislación española de sociedades cooperativas.
La ley
estatal de cooperativas, cuya referencia completa es Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas. Esta ley se
encuentra desarrollada, en el ámbito registral, por el Real Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba el
Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas.
En
la actualidad, las diecisiete Comunidades Autónomas del Estado español poseen
competencias exclusivas en materia de cooperativas, con el límite en todo caso
del respeto a la legislación mercantil.
Se
han dictado hasta la fecha un total de trece leyes autonómicas, cinco de ellas
correspondientes a las Comunidades que inicialmente poseían competencias
legislativas sobre cooperativas y ocho más surgidas de Comunidades que han
asumido las competencias posteriormente, a través de una ley de transferencia.
miércoles, 16 de abril de 2014
lunes, 7 de abril de 2014
Plantilla para poder llevar una contabilidad casera o del hogar de forma ordenada con excel
domingo, 23 de febrero de 2014
viernes, 21 de febrero de 2014
miércoles, 19 de febrero de 2014
Composición de una nómina o recibo salarial
sábado, 8 de febrero de 2014
¿Que es un empresario o profesional?
Seguro que la palabra emprendedor te
suena haberla oído. Todos los días la podemos ver y escuchar en
diferentes medios. Quizás, la definición que mas repercusión está
teniendo es aquella que define al emprendedor, como una persona con
ciertas aptitudes o comportamientos, mas que por el hecho de ejercer
una actividad económica. Desde Gestipymes, como asesores
empresariales, vamos a analizar las distintas definiciones recogidas
en nuestra legislación.
¿Que es un empresario o profesional? |
El artículo 5 de la Ley 37/1992, de 28
de diciembre del Impuesto Sobre el Valor Añadido establece;
viernes, 31 de enero de 2014
Fracasa, pero no te arruines. El éxito del fracaso.
Cada día estamos oyendo a muchos
“gurús” de los negocios hablar en sus conferencias de que el
fracaso es un éxito. Seguro que cualquier persona que habitualmente
asista a congresos, foros etc lo ha oído alguna vez.
Autor BBoomerinDenial |
Desde mi punto de vista cuando vas a
una televisión, te subes a un escenario hay que tener mucho cuidado
con lo que dices y con lo que transmites, porque cuando hablan de
novedosas metodologías, -las cuales se descubrieron hace mas de 20
años casi todas-, criticas muchos sistemas de negocio, sistemas
educativos, sanitarios etc. simplemente porque no siguen ciertas
metodologías que las creen esenciales, y que ya afirman en sus
propias conferencias dicen que el 80% de lo que emprenden no vale
para absolutamente nada.
Porqué va a ser malo un negocio como
la el pub Ye
Olde Cheshire Cheese
en Londres que lleva mas de 340 años funcionando o en mi Jaén
natal Taberna El Gorrión, con mas de 100 años siendo viables. Esto
lo dicen unas personas que en la mayoría de los casos no le ha
durado una empresa mas de unos pocos años, ya que todo cambia tan
rápido que caducan.
viernes, 24 de enero de 2014
¿Cuanto tengo que facturar en mi negocio para que sea viable?
Muchos contestarían, “un poco mas
barato que mi competencia”. En principio podríamos decir que no es
un análisis malo ya que por supuesto que tendremos que tener en
cuenta a nuestra competencia para poder saber por cuanto podemos
vender un producto. Pero este parámetro no te va ha indicar si tu
empresa es viable, sino cual sería el coste máximo de un producto.
Por desgracia a lo largo de mi
experiencia profesional he visto como la contestación a esta
pregunta por parte muchos empresarios no se correspondía con la
realidad económica de su empresa. Es una pregunta que parece obvia
que debiera ser de conocimiento obligado para todo emprendedor, pero
en muchas ocasiones se convierte en la gran cruz de muchos de ellos y
lo peor aún es que muchos creen saberlo y realmente no lo saben.
Es cierto que nos podemos complicar la
vida todo lo que queramos, podemos realizar estudios, hacer muchas
divisiones de nuestros productos, pero hoy quiero explicar como tener
controlado de una forma global el coste de nuestras empresas mediante
una plantilla que en este caso la he realizado con un programa
ofimático pero que se podría realizar con un folio y un lápiz.
Para poder explicarlo mejor he querido
poner un ejemplo de una taberna, donde existe un empresario autónomo
que lleva hacia adelante este proyecto descansando un día a la
semana.
martes, 14 de enero de 2014
Calendario Laboral 2014
Ya se puede consultar el calendario laboral para las empresas españolas, en la pagina de la Tesorería General de la seguridad social.
domingo, 12 de enero de 2014
Presentación de Gestipymes
En este vídeo se explica como funcionamos y el porqué de esta forma de trabajar.
jueves, 9 de enero de 2014
“Autónomos y arrendadores de locales”, los mas afectados con las nuevas presentaciones telemáticas a la Agencia Tributaria para el año 2014.
En el ejercicio 2014 se amplían los
obligados tributarios que tienen que presentar modelos de
autoliquidación de forma telemática ante la AEAT.
Para el I.V.A desaparece el modelo 303
en papel pre-impreso con lo que este modelo habrá que
presentarlo
obligatoriamente de manera telemática. También ocurre lo mismo para
el modelo de para las retenciones del IRPF 111.
Se deja para el próximo ejercicio 2015
los modelos de retenciones por arrendamientos 115 y los modelos de
pagos fraccionados del IRPF 130 y 131.
También hay que tener en cuenta que
las declaraciones informativas que se presenten dentro del ejercicio
se presentarán de forma telemática. A demás el modelo 390 de
resumen anual de IVA, se podrá presentar mediante el envío de un
mensaje SMS, cuando se haya obtenido mediante el programa de ayuda
elaborado por la Agencia Tributaria.
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