martes, 25 de noviembre de 2014

Reforma fiscal: las nuevas retenciones

Las retenciones para los próximos años se van a ver rebajadas en la mayoría de los casos, parte estipuladas en los Anteproyectos de Ley aprobados por el Consejo de Ministros el pasado mes de junio y otras porque obtuvieron algunas subidas.


Actividades profesionales. En 2014 se está realizando una retención del 21%. El anteproyecto de ley pretende bajar las retenciones al 20% para el 2015 y al 19% en 2016. Podrá deducirse la cantidad que debió ser retenida e ingresada a la A.E.A.T. por el contribuyente, cuando lo hubiera sido por un importe inferior por causa imputable exclusivamente al retenedor.




Nuevos autónomos. Tendrán unas retenciones del 9% en el año de inicio de la actividad y en los dos siguientes. Autónomos con rendimientos íntegros inferiores a 12.000 euros anuales tendrán una retención del 15%.

Módulos. Para las actividades que se les aplicaba una retención del 1% se excluirán de módulos, exceptuando las ganaderas de engorde de porcino y avicultura que seguirán con el misma retención. Para el resto de actividades agrícolas y ganaderas continuarán con una retención del 2%. Cabe destacar que en el anteproyecto de ley, por un lado se han rebajado los límites para la exclusión del régimen de módulos, pasando de los 450.000 euros a los 150.000 euros (200.000 euros en el caso de actividades agrícolas y ganaderas). También se limita a 75.000 euros el volumen de los rendimientos íntegros del año inmediato anterior cuando corresponda a obligados a expedir factura siempre que el destinatario sea un empresario o profesional.

Arrendamientos. Los arrendamientos que de forma provisional han tenido un tipo del 21% a partir de enero de 2015 se debería aplicar el 19%.

Administradores. El porcentaje anterior al 2012 era del 35% que durante los años 2012, 2013 y 2014 se elevó al 42%. Este tipo se verá reducido para el año 2015 al 37% y para el año 2016 al 35%. Hay que tener en cuenta que se incorpora un nuevo tipo retención para los administradores del 19% que durante el 2015 será del 20% para todos los rendimientos que proceda de entidades con un importe neto de la cifra de negocios inferior a 100.000 euros.

Ganancias y pérdidas patrimoniales. Se establece un porcentaje de retención del 19% en 2015 del 20% para las derivadas de la transmisión de derechos de suscripción preferente.

Trabajadores. Se incorpora en el texto de la Ley la escala de retenciones dividida en cinco tramos con tipos que oscilan entre el 19% y el 45%. En caso de atrasos, el tipo de retención se fija en el 15%.

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