La ley de cooperativas estatal establece que la cooperativa se estructura y
funciona conforme a los principios formulados por la alianza cooperativa internacional.
Estos principios fueron formulados por la Alianza Cooperativa Internacional.
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Legislación autonómica. La mayoría de leyes autonómicas recogen una remisión similar a la de la ley estatal a los principios cooperativos, aunque dependiendo de las distintas legislaciónes autonómicas estos son ampliados o nó. |
La Alianza CooperativaInternacional (ACI) es una organización no gubernamental independiente
que reúne, representa y sirve a organizaciones cooperativas en todo el mundo.
El principal objetivo de la ACI es promover y fortalecer cooperativas autónomas
en todo el mundo, así como también alentar y defender los valores y principios
del cooperativismo. Desde su creación en 1895 hasta la actualidad, esta
organización ha realizado tres declaraciones formales sobre los principios
cooperativos (1937, 1966 y 1995), tratando de definir cuáles son y cómo deben
ser interpretados.
Los siete principios cooperativos formulados por la ACI son los:
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Adhesión Voluntaria y Abierta
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Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas
a todas las personas capaces de utilizar sus y dispuestas a aceptar las
responsabilidades de ser socio, sin discriminación social, política,
religiosa, racial o de sexo.
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Gestión Democrática por Parte de los Socios
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Las cooperativas son organizaciones gestionadas
democráticamente por los socios, los cuales participan activamente en la
fijación de sus políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres
elegidos para representar y gestionar las cooperativas son responsables ante
los socios. En las cooperativas de primer grado, los socios tienen iguales
derechos de voto (un socio, un voto), y las cooperativas de otros grados
están también organizadas de forma democrática.
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Participación Económica de los Socios
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Los socios contribuyen equitativamente al capital de sus
cooperativas y lo gestionan de forma democrática. Por lo menos parte de ese
capital normalmente es propiedad común de la cooperativa. Normalmente, los
socios reciben una compensación, si la hay, limitada sobre el capital
entregado como condición para Los socios asignan los excedentes para todos o
alguno de los siguientes fines: el desarrollo de su cooperativa posiblemente
mediante el establecimiento de reservas, de las cuales una parte por lo menos
serían irrepartible; beneficiando a los socios en proporción a sus
operaciones con la cooperativa: y el apoyo de otras actividades aprobadas por
los socios.
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Autonomía e Independencia
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Las cooperativas son organizaciones autónomas de
autoayuda, gestionadas por sus socios. Si firman acuerdos con otras
organizaciones, incluidos los gobiernos, o si consiguen capital de fuentes
externas, lo términos que aseguren el control democrático por parte de sus
socios y mantengan su autonomía cooperativa.
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Educación, Formación e Información
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Las cooperativas proporcionan educación y formación a los
socios, a los representantes elegidos, a los directivos y a los empleados
para que puedan contribuir de forma eficaz al desarrollo de sus cooperativas.
Ellas informan al gran público, especialmente a los jóvenes y a los líderes
de opinión, de la naturaleza y beneficios de la cooperación.
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Cooperación entre Cooperativas
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Las cooperativas sirven a sus socios lo más eficazmente
posible y fortalecen el movimiento cooperativo trabajando conjuntamente
mediante estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
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Interés por la Comunidad
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Las cooperativas trabajan para conseguir el desarrollo
sostenible de sus comunidades mediante políticas aprobadas por sus socios.
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