miércoles, 11 de febrero de 2015

Reducciones de los rendimientos de actividades económicas del IRPF para 2015.

Las provisiones y gastos de difícil justificación para los contribuyentes que ejerzan actividades económicas serán limitadas a 2.000 euros. Se crean nuevas reducciones por el ejercicio de determinadas actividades económicas  de hasta 13.450 euros, pero para unos casos muy limitados.

Provisiones y gastos de difícil justificación. A partir de enero de 2015 se establece como límite máximo del importe deducible en el régimen de estimación directa simplificada 2.000 euros anuales. Esta reducción se calcula aplicando el 5% al rendimiento neto positivo. Por lo que todos los autónomos incluidos en este régimen y que obtengan rendimientos netos superiores a 40.000 euros pagarán más que en el 2014.

Reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas. Esta reducción es incompatible con la anterior u con carácter general el importe será de 2.000 euros. Adicionalmente, si el rendimiento neto es inferior a 14.450 euros se minorará en las siguientes cuantías:

Ren. Neto (RN)
Otras rentas
Reducción
11.250 € =<
6.500 € =<
3.700 €
[11.250-14.450]
6.500 € =<
 3.700 – [0,15625*(RN– 1.250)] 
14.450 >
Todo importe
0 €

Cuando se trate de personas con discapacidad, adicionalmente se reducirán 3.500 euros. Si la discapacidad es igual o superior a 65% o acrediten necesitar ayuda de terceras personas o movilidad reducida, el importe será de 7.750 euros.

Requisitos para la reducción por el ejercicio de determinadas actividades económicas. 
- La totalidad de sus entregas de bienes o prestaciones de servicios deben efectuarse a una única persona física o jurídica, no vinculada o que el contribuyente sea trabajador autónomo dependiente.
- El conjunto de los gastos deducibles no excederá del 30% de sus rendimientos íntegros.
- No se pueden percibir rentas de trabajo excepto prestaciones inferiores a 4.000 €.
- Que al menos el 70% de los ingresos estén sujetos a retención o ingresos a cuenta.
- Que no realicen actividades a través de entidades en régimen de atribución de rentas.

Reducción para contribuyentes con rentas inferiores a 12.000 euros. Los contribuyentes que no puedan aplicar la reducción anterior,  reducirán su rendimiento neto en las siguientes cuantías:

Rentas
Reducción
≤ 8.000 €
1.620 €
[8.000 – 12.000]
1.620 euros - [0,405 x (8.000, 01– 12.000)]     

Reducción inferior a 3700 euros incluidas las de trabajo.

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